miércoles 29 de abril de 2026

MOVILIDAD SUSTENTABLE

Formosa regula el uso de motos eléctricas y monopatines: qué se exige para circular

El subsecretario José Olmedo explicó los requisitos, las excepciones y dónde tramitar la documentación tras la aprobación de la ordenanza.
miércoles 29 de abril de 2026

La ciudad de Formosa dio un paso clave en materia de movilidad urbana con la aprobación de una ordenanza que regula la circulación de vehículos de movilidad sustentable, como motos eléctricas, bicicletas asistidas y monopatines. La normativa busca ordenar el crecimiento de este tipo de transporte y garantizar condiciones de seguridad para quienes los utilizan.

En diálogo con "La Otra Mirada" de FM Espacios 92.5, el subsecretario de Transporte y Emergencia, José Olmedo, detalló cuáles son los requisitos básicos para circular y qué aspectos deben tener en cuenta los vecinos.

“Para circular en la ciudad, en general, se exige licencia de conducir, documentación del vehículo, seguro vigente y patente. Eso rige como norma para cualquier vehículo”, explicó.

Sin embargo, la ordenanza introduce excepciones para los llamados vehículos de uso personal, como monopatines eléctricos o dispositivos similares. En estos casos, no siempre será obligatoria la licencia de conducir, aunque sí deberán cumplirse condiciones mínimas de seguridad.

“Estos vehículos pueden circular sin licencia, pero deben contar con luz blanca adelante, luz roja atrás y casco protector. Esos son requisitos fundamentales”, precisó.

La clave, según explicó el funcionario, está en la potencia del vehículo. Aquellos que superen determinados niveles deberán cumplir con todas las exigencias de un vehículo tradicional: registro, seguro, patente y demás documentación. “Si el vehículo supera cierta potencia, pasa a ser considerado como cualquier otro motovehículo, y ahí sí debe estar registrado y cumplir con todos los requisitos legales”, aclaró.

En cuanto a los trámites, Olmedo indicó que la licencia de conducir se gestiona en la Dirección de Tránsito municipal, donde se determina la categoría según la potencia del rodado, medida en kilowatts en el caso de los eléctricos.

Además, recomendó a los usuarios verificar la categoría de su licencia antes de circular. “En el reverso del carnet figura la cantidad de kilowatts habilitados. Si el vehículo supera ese límite, hay que hacer una ampliación”, señaló.

Por otra parte, todo lo relacionado con la registración del vehículo como número de chasis o patentamiento,  depende de la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad del Automotor, organismo al que deben acudir los usuarios para regularizar su situación.

La normativa también establece un requisito de edad mínima: solo podrán conducir estos vehículos personas mayores de 16 años, con autorización de sus padres en caso de ser menores de edad.

“Primero vamos a trabajar en la concientización. Pero si hay reincidencia en el incumplimiento, se procederá al secuestro del vehículo”, advirtió Olmedo.

Actualmente, se estima que en la ciudad circulan alrededor de 400 vehículos de este tipo, entre autos híbridos, motos eléctricas y dispositivos personales, un número que viene en crecimiento.

Con esta ordenanza, el municipio busca adelantarse a una tendencia en expansión y establecer reglas claras para una convivencia más segura en el espacio público.

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