martes 24 de febrero de 2026

REFORMA PROVINCIAL

Constituyentes aprobaron límites a intervenciones federales y cambios sucesorios

En su duodécima sesión, el cuerpo modificó artículos sobre comunicaciones, sucesión en casos de acefalía, régimen previsional y límites a las intervenciones federales.
martes 02 de septiembre de 2025

La Convención Constituyente de Formosa avanzó este lunes en nuevas reformas a la Constitución provincial, en el marco de su duodécima sesión plenaria. Con amplio respaldo de distintos bloques, se aprobaron modificaciones a los artículos 14, 32, 78, 135, 165 y 169, buscando modernizar y armonizar la normativa vigente.

Uno de los cambios centrales fue la actualización del artículo 14, impulsada por el Frente Amplio Formoseño y acompañada por el resto de los bloques. La reforma amplía la protección a los medios de comunicación, incorporando expresamente a las plataformas digitales y electrónicas, junto a las telegráficas, telefónicas y cablegráficas ya contempladas. “Era necesario adecuar el texto a los tiempos actuales”, señaló el convencional Juan Carlos Montiel.

También se votó la modificación del artículo 135, que ahora establece con mayor claridad la línea sucesoria en casos de acefalía. En ausencia de Gobernador y Vicegobernador, las funciones serán ejercidas por el Presidente Provisional de la Legislatura hasta la convocatoria a nuevas elecciones.

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En materia previsional, se eliminó un párrafo del artículo 78 que contemplaba jubilaciones de privilegio, adecuando el texto al régimen vigente. Asimismo, se corrigió el artículo 165, suprimiendo la mención al Procurador General, dado que el Ministerio Público ya cuenta con autonomía constitucional, y se suprimió del artículo 169 una cláusula transitoria previa a la creación del Consejo de la Magistratura.

Otro de los ejes de la jornada fue la reforma del artículo 32, relativo a las intervenciones federales. El nuevo texto fija límites y responsabilidades: la intervención se restringirá a remediar las causas que la originaron y garantizar derechos, sus nombramientos son transitorios y sus funcionarios serán responsables civil, política, administrativa y penalmente por los daños ocasionados. Además, se prohíbe contraer empréstitos que graven el patrimonio provincial y se faculta a la provincia a reclamar reparaciones por perjuicios.

“Hemos tomado como referencia lo aprobado en Jujuy y La Rioja en sus últimas reformas. Este artículo es clave porque fortalece la defensa de los intereses de Formosa”, destacó el convencional Rodrigo Vera.

De esta manera, la Convención sigue consolidando el camino hacia una Constitución reformada y adaptada a las nuevas realidades institucionales y sociales de la provincia.