miércoles 12 de agosto de 2026

RESOLUCIÓN

Extranjeros sin residencia permanente deberán pagar por prestaciones no urgentes en hospitales nacionales

La medida se suma a la iniciativa de algunas provincias que ya lo implementaron.
martes 11 de agosto de 2026

El Gobierno reglamentó en las últimas horas el procedimiento para que los hospitales nacionales comiencen a cobrar las prestaciones no urgentes a extranjeros que no tengan residencia permanente en el país. Así quedó plasmado en la Resolución 1066/2026 publicada en el Boletín Oficial con la firma del ministro de Salud de la Nación, Mario Lugones.

En el nuevo escenario los residentes permanentes mantendrán el mismo acceso al sistema de salud de Nación que los argentinos, siempre que acrediten su condición migratoria. Para los extranjeros no residentes, en cambio, se establecen dos mecanismos: en caso de contar con seguro de salud el hospital podrá facturarle a la aseguradora el costo de la atención; si no lo tienen, deberán abonar antes la prestación.

Las autoridades aclararon que la atención de emergencias seguirá garantizada para todas las personas, independientemente de su situación migratoria y "no podrá ser negada ni demorada por trámites administrativos".

Un anexo de la norma establece cuáles son cada una de las emergencias comprendidas como excepciones, aunque desde el Ministerio de Salud fueron resumidas como “aquellas situaciones que impliquen un riesgo cierto e inminente para la vida o funciones vitales, como infartos, ACV, traumatismos graves, hemorragias masivas y emergencias obstétricas, pediátricas o neonatales”.

El anexo de la norma firmada por el ministro Mario Lugones explicita: “Queda exceptuada de la aplicación del presente toda prestación sanitaria destinada a la evaluación, diagnóstico, estabilización y tratamiento inmediato de una condición clínica que implique riesgo cierto e inminente para la vida, para un órgano o una función, o que requiera una intervención urgente para evitar un daño grave o irreversible en la salud de la persona”.

Sin embargo, “una vez superada la situación de emergencia, las prestaciones posteriores podrán ser facturadas al paciente o a su aseguradora según corresponda”, señalaron las autoridades. A lo que agregaron: “La resolución unifica el procedimiento para los hospitales nacionales y establece reglas claras para recuperar los costos de las prestaciones brindadas a extranjeros no residentes, sin afectar la atención inmediata ante situaciones de emergencia ni el acceso de quienes tienen residencia permanente”.

La decisión de cobrarles la salud a los extranjeros tiene antecedentes provinciales en Salta, Jujuy, Mendoza, Santa Cruz y Ciudad de Buenos Aires. 

Lee también: Voz Docente advirtió por la violencia hacia maestros y reclamó medidas de protección