- Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio, dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
- Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales.
- Vender bebidas alcohólicas
- Realizar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
- Portar armas, banderas, distintivos o insignias.
Así, la veda electoral exigirá a la población acatar esta serie de medidas hasta pasadas las 18 horas, momento del cierre de las urnas: específicamente, tres horas después de que termine la votación.
Considerado esto, la veda de alcohol -comenzó un día antes de los comicios, es decir, el sábado 25 de octubre a las 20- regirá hasta las 21. A partir de ese momento, se podrá volver a comprar bebidas.