• Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio, dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
  • Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales.
  • Vender bebidas alcohólicas
  • Realizar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
  • Portar armas, banderas, distintivos o insignias.

Así, la veda electoral exigirá a la población acatar esta serie de medidas hasta pasadas las 18 horas, momento del cierre de las urnas: específicamente, tres horas después de que termine la votación.

Considerado esto, la veda de alcohol -comenzó un día antes de los comicios, es decir, el sábado 25 de octubre a las 20- regirá hasta las 21. A partir de ese momento, se podrá volver a comprar bebidas.

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