lunes 23 de febrero de 2026

ECONOMÍA LOCAL

Primer vencimiento del monotributo tras la recategorización de febrero

El contador Oscar Kraupner detalló los nuevos importes vigentes hasta agosto de 2026 y recordó las condiciones para permanecer en el régimen simplificado.
viernes 20 de febrero de 2026

En comunicación con "La Otra Mirada" de FM Espacios 92.5, el contador Oscar Kraupner, integrante del Tribunal de Ética y Disciplina del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Formosa, brindó precisiones sobre el primer vencimiento del monotributo de ARCA luego de la recategorización semestral y explicó los nuevos valores que rigen para el período comprendido entre febrero y agosto de 2026.

Kraupner recordó que el monotributo tiene dos actualizaciones anuales —en junio y diciembre— cuyos nuevos valores comienzan a abonarse en julio y febrero respectivamente. En esta última recategorización, correspondiente al cierre de enero, los parámetros se ajustaron alrededor de un 14% tanto en los topes de facturación como en los montos a pagar.

Actualmente, la escala mínima contempla una facturación anual de hasta 10 millones de pesos y una cuota mensual de 42 mil pesos, importe que incluye el componente impositivo, jubilatorio y de obra social. “Muchas veces se lo mira solo como un monto fijo a pagar, pero el monotributo incluye IVA y Ganancias dentro del régimen simplificado”, explicó.

Condiciones para permanecer en el régimen

El profesional subrayó que no solo debe analizarse el nivel de facturación para determinar la categoría. También inciden otros parámetros como el consumo de energía, la superficie afectada a la actividad y los alquileres devengados. Además, recordó que existen requisitos formales: no superar las tres actividades, no realizar importaciones para reventa en los últimos tres meses y no efectuar ventas unitarias superiores a los 613 mil pesos.

“Si uno baja de categoría y no se recategoriza, paga de más; pero si sube y no lo declara, paga de menos y queda expuesto a sanciones”, advirtió. Incluso señaló que pueden generarse exclusiones del régimen cuando los gastos o depósitos bancarios resultan inconsistentes con los ingresos declarados.

Diferencias entre bienes y servicios

Kraupner explicó que a partir de la categoría D se diferencian los montos entre quienes venden bienes y quienes prestan servicios. Por ejemplo, en esa categoría el comerciante que vende bienes abona alrededor de 70 mil pesos, mientras que quien presta servicios paga aproximadamente 72 mil. La brecha se amplía en las categorías superiores: en la escala máxima —hasta 108 millones de pesos anuales— quien vende bienes paga cerca de 600 mil pesos mensuales, mientras que el prestador de servicios supera 1.300.000 pesos.

En Formosa, según indicó, la mayoría de los monotributistas se concentra en categorías intermedias como la D o la E. Sin embargo, advirtió que los costos crecientes y la recesión impactan tanto en pequeños contribuyentes como en responsables inscriptos. “Entre alquiler, impuestos y servicios, sostener la actividad se vuelve cada vez más difícil”, afirmó.

Monotributo social y nuevas inscripciones

Respecto al monotributo social, el contador confirmó que continúa vigente y que es posible inscribirse, siempre que se cumplan los requisitos: ser mayor de 18 años, no superar el salario mínimo vital y móvil como ingreso, no ser empleador ni profesional universitario, y emitir al menos seis facturas al año, entre otros condicionantes.

También observó un aumento de consultas de personas que, ante la pérdida de empleo o la necesidad de generar ingresos adicionales, evalúan inscribirse en el régimen simplificado para desarrollar actividades complementarias.

Finalmente, recordó que el pago del monotributo debe realizarse en término —ya sea a través de billeteras virtuales o medios de pago habilitados— y que los contribuyentes deben exhibir en sus locales la constancia de inscripción y el comprobante de pago, ya que su incumplimiento puede derivar en sanciones.