ADVERTENCIA
La certificación de no ser deudor alimentario es gratuito y sin gestores
La Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa emitió una importante advertencia en relación con la obtención de la constancia de no ser deudor alimentario, destacando que el trámite es completamente gratuito y no requiere de gestores ni intermediarios.
El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, reveló que, en los últimos tiempos, se incrementó la demanda de esta certificación por parte de conductores de Uber, remises y escribanos, quienes solicitan en forma diaria este documento. No obstante, Gialluca explicó que la Defensoría del Pueblo, en su rol de organismo registral, solo puede incluir a aquellas personas que la Justicia, mediante un oficio, le ordena registrar. De esta manera, cualquier persona que necesite saber si está inscripta en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos podrá obtener esta información de manera sencilla y sin costo alguno.
El Registro de Deudores Alimentarios Morosos fue creado por la Ley Nacional Nº 13.074 con el objetivo de registrar, por orden judicial, a quienes deben alimentos de acuerdo con una sentencia firme o un convenio homologado judicialmente.
En la provincia de Formosa, la Ley Provincial Nº 1365 establece las condiciones para la inscripción de aquellos que adeudan 3 cuotas consecutivas o 5 alternadas, ya sean alimentos provisorios o definitivos, y otorga la responsabilidad de llevar adelante esta función a la Defensoría del Pueblo de la provincia.
Contacto
Gialluca indicó que cualquier persona que desee saber si está inscripta en este registro puede hacerlo a través de una consulta vía correo electrónico a las direcciones denuncia@formosa.gov.ar o depuefor@fibertel.com.ar, o bien de forma presencial en las oficinas de la Defensoría, ubicadas en Calle Padre Patiño Nº 831, en los horarios de 8:00 a 13:00 y de 18:00 a 20:00 horas de lunes a viernes. La respuesta a la consulta será enviada dentro de las 72 horas.
El trámite
Para obtener la constancia de no inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, el interesado debe realizar el trámite personalmente, presentando su DNI.
Gialluca subrayó que este procedimiento es completamente gratuito y que los interesados recibirán la documentación solicitada en el mismo día. Sin embargo, advirtió sobre denuncias recientes de personas que fueron contactadas por gestores que intentan cobrarles sumas importantes para obtener esta constancia. En este sentido, el Ombudsman dejó en claro que la Defensoría del Pueblo estasbleció todos los mecanismos necesarios para evitar que los ciudadanos paguen por este servicio, que debe ser gratuito.
El pedido de certificaciones aumentó especialmente entre quienes deben cumplir con la Ordenanza Nº 8059/24, que establece, en su Capítulo VIII Art. 23, la exigencia de no estar inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios para quienes deseen realizar tareas como conductores de remises o Uber. Esta normativa también se extiende a personas físicas o jurídicas responsables de agencias permisionarias.
Finalmente, en virtud de la actualización de la Ley Notarial Nº 1739, el Artículo 8 Inciso g) establece que los escribanos deben acreditar el Certificado de Libre Deuda Alimentaria si ha pasado más de dos años desde su inscripción en la matrícula. Por lo tanto, aquellos que deseen ingresar al Colegio de Escribanos o participar en concursos para acceder a vacantes de Registros Notariales deberán solicitar este certificado ante la Defensoría del Pueblo.
La Defensoría del Pueblo continúa trabajando para garantizar que este trámite sea accesible para todos, sin intermediarios ni costos adicionales.