ECONOMÍA
Monotributo en septiembre: cuánto cuesta cada categoría y qué topes controla ARCA
El Monotributo mantendrá en septiembre de 2026 los valores establecidos por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) durante agosto. La última actualización fue del 16,8% y modificó tanto las cuotas mensuales como los parámetros de ingresos permitidos para cada categoría.
Para quienes abonan los componentes impositivo, previsional y de obra social, la categoría A tendrá una cuota de $49.527,18 y la B de $56.379,08. En la C, el monto será de $66.020,12 para servicios y $64.530,58 para venta de bienes; mientras que en la D llegará a $84.612,93 y $82.564,81, respectivamente.
En las categorías siguientes, los pagos mensuales aumentan considerablemente. La E será de $119.811,45 para servicios y $108.267,51 para bienes; la F, de $150.784,21 y $129.930,65; la G, de $230.312,94 y $158.815,05; y la H, de $522.706,68 y $317.895,01. Para quienes están inscriptos en el Monotributo, la actividad desarrollada resulta determinante para establecer el importe desde la categoría C.
En los niveles más altos, la categoría I tendrá cuotas de $963.747,86 para servicios y $474.992,78 para venta de bienes. La J alcanzará los $1.167.299,76 y $580.793,69, respectivamente, mientras que la K llegará a $1.614.446,04 para servicios y $702.103,24 para comercialización de cosas muebles.
También cambiaron los límites anuales de facturación. El máximo será de $12.009.410,45 para la categoría A; $17.595.182,74 para B; $24.670.494,31 para C; $30.628.651,43 para D; $36.028.231,33 para E; $45.151.659,41 para F y $53.995.798,87 para G. En las categorías superiores, los topes serán de $81.924.660,37 para H, $91.699.761,90 para I, $105.012.519,20 para J y $126.610.838,75 para K.
Además de los ingresos, ARCA controla otros parámetros, como la energía eléctrica consumida, la superficie destinada a la actividad, los alquileres devengados y el precio máximo unitario para la venta de bienes, fijado en $716.840,77. Quienes estén dentro del Monotributo deberán revisar estos límites para determinar si corresponde una recategorización, ya que superar los máximos de la categoría K puede derivar en la exclusión y el ingreso al Régimen General.