SENADO
Propiedad privada: ¿Qué cambia para propietarios e inquilinos?
El Senado debatirá este jueves un proyecto que promete cambiar de manera significativa las reglas para propietarios e inquilinos en Argentina. Se trata de la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, una iniciativa impulsada por el Gobierno nacional que busca agilizar los desalojos, modificar el régimen de alquileres y avanzar con reformas sobre tierras rurales, barrios populares y expropiaciones.
Uno de los puntos que más expectativa genera es la implementación del denominado "desalojo exprés", que permitiría acelerar los tiempos judiciales cuando un inquilino deja de pagar el alquiler o permanece en la vivienda tras el vencimiento del contrato.
El proyecto establece que, antes de iniciar una demanda por falta de pago, el propietario deberá intimar formalmente al inquilino para que regularice la deuda.
A diferencia de la propuesta original, que otorgaba apenas tres días, el texto que llegará al recinto amplió el plazo a 10 días corridos, luego de un acuerdo con bloques aliados del oficialismo.
Si el inquilino no cancela la deuda dentro de ese período, el propietario podrá avanzar con un proceso judicial abreviado para recuperar el inmueble.
Otra de las modificaciones establece que las notificaciones enviadas al domicilio declarado en el contrato serán válidas, incluso si el inquilino se niega a recibirlas.
Además, el proyecto reconoce legalmente el domicilio electrónico como medio válido para realizar comunicaciones entre las partes.
También incorpora una obligación para los propietarios: deberán recibir las llaves cuando finalice el contrato y no podrán negarse ni imponer condiciones para aceptarlas.
En caso de que el dueño no las reciba, el inquilino podrá realizar una consignación judicial y dejará de generar obligaciones de pago desde el momento en que notifique formalmente que las llaves están disponibles.
Juicios más rápidos
La iniciativa dispone que todos los procesos de desalojo, tanto urbanos como rurales, tramiten por la vía sumarísima, considerada el procedimiento judicial más rápido previsto por la legislación.
En casos de falta de pago o vencimiento del contrato, el juez podrá ordenar la desocupación inmediata del inmueble mientras continúa el juicio, siempre que el propietario preste una caución juratoria.
No obstante, si se comprueba que el dueño ocultó documentación relevante, como recibos de pago o pruebas de que el contrato seguía vigente, podrá ser sancionado con una multa de hasta 10 veces el valor del último alquiler, que será abonada al inquilino.
Cambios para ocupaciones ilegales
El proyecto también endurece el procedimiento frente a tomas de viviendas o terrenos.
El juez podrá ordenar la restitución inmediata del inmueble en cualquier etapa del proceso si considera verosímil el derecho del propietario. Esa solicitud deberá resolverse en un máximo de cinco días.
Además, dentro de las primeras 72 horas del expediente se realizará una inspección judicial para identificar a todos los ocupantes, con posibilidad de requerir el apoyo de las fuerzas de seguridad si fuera necesario.