ATENCIÓN
Advierten que aumentaron las ventas irregulares de terrenos en la ciudad de Formosa
En atención a los aumentos inusitados en lo que va del año, de ventas irregulares de terrenos en la ciudad de Formosa, tanto por empresas y/o particulares que realizan ofertas vía redes sociales, se llevó a cabo una reunión de trabajo en la sede de la Defensoría del Pueblo y de la cual participó, el Director de Catastro y Tierras Fiscales del municipio Dr. Rubén Duré, junto al Defensor del Pueblo Dr. José Leonardo Gialluca y asesores letrados del organismo.
El funcionario municipal citó a título ejemplificativo una serie de casos que ofrecen la adquisición de terrenos ubicados en la Jurisdicción 5, entre los barrios Juan Domingo Perón y Antenor Gauna, más la construcción de una vivienda, a sola firma en cuotas desde $250.000 con adjudicaciones mensuales a partir del séptimo mes. Los Responsables del mismo, no han concretado ninguna presentación de proyectos de loteamiento, apertura de calles, factibilidad de servicios esenciales como, energía eléctrica, agua potable, cloacas y menos aún elaborados planos de amanzanamiento y parcelamiento, por lo que cuando los compradores deseen o necesiten realizar las escrituras de dominio, no podrán obtenerlas, hasta tanto no se regularice lo antes expuesto.
Otro caso lo constituye un nuevo loteo también en la zona del Circuito 5, a metros de la Av. Laureano Maradona y del supermercado Changomás, donde se ofrecen terrenos de distintas dimensiones, con entregas y cuotas desde $67.500, solo con presentar DNI.
Por otra parte, se advirtió que se ofrecen terrenos, donde a partir de los informes técnicos llevados a cabo por el municipio, se pudo constatar que no posee a la fecha, mensura de amanzanamiento, ni parcelamiento, por lo que tampoco cuenta con aperturas de calles, tendido eléctrico, redes de agua potable, requisitos indispensables para su debida comercialización.
Recomendaciones
Frente a estas situaciones, desde la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales del municipio capitalino recomiendan a los vecinos y vecinas que, antes de adquirir un lote, se asesoren en las oficinas del área comunal a fin de evitar estafas e inconvenientes futuros.
Además, se sugirió a todos los consumidores que vayan a adquirir un terreno en un loteamiento dentro del ejido de la ciudad de Formosa, tener presente y corroborar, quién es el propietario, puesto que este es el único que puede transmitir la propiedad al adquiriente y esa información se obtiene en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia. Para ello debería contar con información de los datos catastrales que los puede conseguir, ya sea en la Dirección de Catastro de la Provincia o de la Municipalidad.
Una vez que se tenga la certeza de que el propietario es un particular y no lo es por ejemplo, ni el municipio, ni se trata de terrenos fiscales, propiedad del Instituto de Colonización y Tierras Fiscales, ni una vivienda del IPV, a quienes les rigen normativas jurídicas diferentes, se debe constatar que el inmueble urbano, cuente con el plano aprobado de loteamiento, efectuado por agrimensor y visado por el Colegio de Agrimensores, además de la ejecución de las tareas relacionadas con, aperturas de calles, alcantarillados, desagües pluviales y/o cloacales, instalación y provisión de energía eléctrica y agua potable de red, cuya obligación recae en el propietario que vende los lotes, de conformidad a las Ordenanzas vigentes Nº 4/62, Nº 5818/10 y Nº 6959/16.
En tanto, el perfeccionamiento de la compraventa se debería realizar mediante escritura traslativa de dominio. En el caso de que fuera la venta a plazo, se podría realizar una escritura traslativa de dominio con hipoteca. Pero para abaratar costos y muchas veces para llevar a cabo maniobras delictivas, se confeccionan boletos de compraventa, en algunos casos, con certificaciones de firmas, por un escribano, para lo cual el comprador, previo a firmar, debería comprender cada una de las cláusulas de dicho contrato a las que se obliga y que debe constar con fecha cierta,
Por último, si interviene una inmobiliaria o un tercero, como intermediario, se debe verificar que se encuentre inscripto en el Registro Público y/o cuente con otorgamiento de poderes suficientes, como así también que haga entrega de recibos oficiales cada vez que se concrete alguna entrega de suma de dinero, por los compradores.