2024-11-26

¿Jueces por decreto? El Gobierno no descarta la posibilidad y genera polémica

El jefe de Gabinete, Guillermo Francos, confirmó este domingo que el Gobierno evalúa la posibilidad de designar por decreto a los jueces Ariel Lijo y Manuel García Mansilla para integrar la Corte Suprema de Justicia, en caso de no obtener los votos necesarios en el Congreso antes de fin de año.

La posibilidad de que el Gobierno nombre jueces por decreto ha generado un intenso debate en el ámbito político y judicial. En diálogo con el programa La Otra Mirada por FM Espacios, el abogado constitucionalista Juan Francisco Soto, analizó los posibles escenarios y las implicaciones de esta medida en el sistema republicano.

Soto explicó que la Constitución Nacional, en su artículo 99, inciso 4, establece que es atribución del presidente nombrar a los magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado, obtenido por dos tercios de sus miembros presentes en sesión pública convocada a tal efecto. Sin embargo, el gobierno de Mauricio Macri utilizó como antecedente la designación de jueces por decreto. 

Macri dictó el Decreto 83/2015, mediante el cual designó en comisión a Rosenkrantz y Rosatti como magistrados de la Corte. Se trata de una herramienta prevista en el artículo 99, inciso 19, de la Constitución nacional, que le atribuye al Presidente la potestad de “llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura”.

En este contexto, Soto mencionó la polémica decisión del expresidente Mauricio Macri de nombrar jueces de la Corte Suprema por decreto, lo que, según el abogado, se fundamentó en una interpretación cuestionable del artículo 99 inciso 7 de la Constitución Nacional a la cual calificó como una "barbaridad anticonstitucional", y advirtió que, si el actual gobierno decidiera replicar esta estrategia, se reafirmaría que la Corte Suprema opera como un órgano "eminentemente político". 

Soto advirtió que si bien la Constitución establece la atribución presidencial de nombrar ciertos funcionarios sin acuerdo del Senado, el nombramiento de jueces de la Corte Suprema sí requiere dicho acuerdo. El letrado lamentó que figuras como Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, con una sólida formación jurídica, hayan aceptado ser nombrados por decreto. "Eso nos lleva a razonar que la Corte Suprema es una cuestión 100% política de puro poder", afirmó. "Tenemos que madurar y ver que la Corte Suprema es un órgano político que toma decisiones más políticas que jurídicas, porque sostiene qué decisión política es constitucional o no”, agregó.

El abogado constitucionalista también se refirió al rol del Congreso en el control de los decretos de necesidad y urgencia (DNU) y explicó que la Ley 26.122, que regula el control de los DNU, establece la presunción tácita de que, si una cámara no se opone a un DNU, este tiene validez. Sin embargo, el letrado argumentó que esta ley es inconstitucional, ya que el Congreso solo puede actuar expresamente, según lo establece la Constitución. "No podemos presumir que, si el Congreso no se expidió expresamente sobre un asunto, presumir que tácitamente quiso decir esto o aquello", señaló.

Soto expuso que existen proyectos en el Congreso para modificar la Ley 26.122, estableciendo que los DNU solo tendrán validez si ambas cámaras se expresan a favor. También destacó la problemática de la deuda externa, subrayando que el Congreso ha delegado históricamente atribuciones exclusivas al Ejecutivo, como renegociar términos financieros sin controles efectivos. "Esto ha permitido sobreseimientos recurrentes a figuras clave en el manejo de la deuda, como Domingo Cavallo o Luis Caputo", afirmó. Propuso derogar disposiciones como los artículos 66 y 67 de la Ley de Administración Financiera, que facilitan esta delegación y establecen control.

El especialista hizo un llamado a repensar el equilibrio entre los poderes del Estado. Según él, es crucial que el Congreso recupere su rol deliberativo y supervise de manera efectiva las decisiones del Ejecutivo. Soto aboga por iniciativas legislativas que requieran mayorías simples para aprobar DNU y modificar leyes que permitan delegaciones impropias de funciones legislativas. "Es hora de que las mayorías en ambas cámaras trabajen por una mejora institucional genuina", dijo. 

El letrado destacó la importancia de que el Congreso sancione leyes republicanas que mejoren la calidad institucional del país y puso de manifiesto la necesidad de repensar los mecanismos de control y equilibrios en Argentina, en un momento crítico para la democracia. 

Te puede interesar