miércoles 24 de abril de 2024

El Gobierno oficializó la ley que crea un fondo fiduciario para las víctimas de trata

sábado 06 de julio de 2019

Desde el Gobierno nacional promulgaron la ley 27.508 que crea el Fondo Fiduciario Público denominado “Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata – ley 26.364”. El mismo se conformará como un Fideicomiso de Administración destinado a la asistencia directa a víctimas del delito de trata y explotación de personas. La medida fue oficializada este martes en el Boletín Oficial.

De esta manera, la iniciativa incluye un resarcimiento económico y social, para las víctimas de este flagelo. Asimismo, los bienes del Fondo Fiduciario serán aquellos decomisados y los que constituyen el producido de la venta de los bienes decomisados en procesos relacionados con el delito de trata y explotación de personas y de lavado de activos provenientes de tales ilícitos cuya sentencia se encuentre firme o, no encontrándose firme, cuando el juez de la causa autorice la venta.

De este modo, la ley prevé que al ordenarse el decomiso de bienes sujetos a inscripción en los registros públicos correspondientes, “bastará con la resolución firme de la autoridad judicial competente para que la sección respectiva de dicho registro proceda con la inscripción o traspaso del bien a favor del Estado nacional”. El destino será  el “Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata – ley 26.364”, o a nombre del tercero comprador del bien en caso de procederse a su venta a fin de transmitir al Fondo Fiduciario mencionado el producido de ésta. En tanto, la inscripción o traspaso estará exenta del pago de todos los impuestos, tasas, aranceles, timbres o derechos de traspaso o inscripción dispuesto por leyes nacionales.

Además, según la normativa oficializada hoy, el Poder Ejecutivo nacional implementará un sitio de consulta pública y gratuita en Internet, a fin de dar publicidad a los bienes que ingresen al Fondo, así como también a todas las decisiones, auditorias e informes que se realicen en el marco de la presente ley.

En tanto, este fondo fiduciario tendrá una duración de 30 años, contados desde la suscripción del Contrato de Fideicomiso. “No obstante ello, el fiduciario conservará los recursos suficientes para atender los compromisos pendientes, reales o contingentes, que haya asumido el Fondo mencionado, hasta la fecha de extinción de esas obligaciones”, explica la medida.

Asimismo, al vencimiento del plazo establecido, con todos los bienes fideicomitidos que integren el patrimonio del fondo en ese momento serán transferidos al Estado nacional en su carácter de fideicomisario, los cuales deberán destinarse a programas de asistencia directa a víctimas del delito de trata y explotación de personas.

En este orden, la normativa que establece la creación de un fondo destinado a apoyar a las víctimas de trata, expresa que “las restituciones y otras reparaciones económicas que se ordenen, no obstarán a que las víctimas obtengan una indemnización integral de los daños ocasionados por el delito, mediante el ejercicio de la acción civil correspondiente”.